Expertos alertan: Nueva Constitución podría anular penalización del narcotráfico
Los académicos Universidad Adolfo Ibáñez en una carta dirigida al director de El Mercurio, evidenciaron que "así de desconcertante es la falta de cordura de sus redactores".
el viernes pasado a las 10:40
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el jueves pasado a las 10:09
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el miércoles pasado a las 10:04
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Un grupo de académicos de la Universidad Adolfo Ibáñez presentó un análisis crítico de la propuesta de nueva Constitución. En una carta dirigida al director de El Mercurio, Antonio Bascuñán, Rodrigo Correa, Samuel Tschorne y Javier Wilenmann expresaron su preocupación por algunos artículos que podrían hacer inconstitucional la penalización del narcotráfico.
Los profesores cuestionaron la redacción de la nueva carta magna, afirmando que "hace inconstitucional la penalización del narcotráfico. Así de desconcertante es la falta de cordura de sus redactores". Esta declaración pone de relieve su inquietud por las implicaciones que tendría la aprobación de la propuesta en la legislación penal del país.
Los académicos se refirieron a un precedente de 1984, donde el Tribunal Constitucional discutió un proyecto de ley sobre tráfico de estupefacientes. Durante este periodo, se destacó que el anteproyecto de la Constitución de 1980 requería que la ley estableciera el delito de manera "expresa y completamente", una condición que fue relajada en el texto final, que solo exigía una descripción "expresa".
Los profesores subrayaron que esta flexibilización permitió al Tribunal sostener que la Constitución no requería que la ley penal fuera completamente autónoma en todos los aspectos, sino que bastaba con que describiera la conducta delictual esencial. Sin embargo, advierten que, bajo la nueva propuesta constitucional, "la 'Constitución de la seguridad' exigirá que la ley penal describa la conducta" de manera precisa y explícita en la ley misma.
Esta exigencia, comparada con la regla actual que se aplica a las sanciones administrativas, plantea serias preguntas. Los académicos destacan que las sanciones administrativas solo pueden aplicarse a través de un proceso legal por conductas "determinadas en su núcleo esencial por la ley" y cuya comisión haya sido evitable para el infractor.
Los profesores indican que, aunque el cambio puede no ser evidente para el ciudadano medio, “cualquier conocedor del derecho constitucional chileno advierte que se está transfiriendo a las multas, que no son penas, el estándar hasta ahora aplicable a las penas, y que se sube este último estándar al previsto por el anteproyecto de 1980″. Con estas observaciones, los académicos ponen en evidencia las posibles consecuencias de la nueva Constitución en la lucha contra el narcotráfico y en la estructura legal del país.
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